ACTAS NOTARIALES
En las actas el notario da fe de un hecho que puede ser muy variado, las más frecuentes son:
de presencia, por ejemplo, para reflejar el estado de un inmueble; de manifestaciones de las que conviene dejar constancia por escrito; o de incorporación al protocolo de documentos. De remisión de documentos por correo, en las que el notario da fe del simple hecho del envío de una carta; de notificación y requerimiento, cuando se quiere intimar a una persona a que adopte un determinado comportamiento.
También se tramita mediante Acta de notoriedad la declaración de herederos abintestato, cuando la persona fallecida no ha otorgado testamento.